viernes, 9 de octubre de 2009

ESTRUCTURA Y COMPOSICIÓN DE LA GERENCIA DE RECAUDACIÓN

La Gerencia de Recaudación del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), tiene como objetivo fundamental dirigir, planificar, coordinar, supervisar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con la gestión de la Gerencia e impartir las instrucciones para la ejecución de las funciones correspondientes, respecto al enteramiento de las cantidades de dinero percibidas por los contribuyentes de los tributos que son competencia del Poder Nacional, en aras de garantizar las contribuciones al Tesoro nacional.

FUNCIONES DE LA GERENCIA DE RECAUDACIÓN: Art. 25 de la Resolución Nº 32


· Dirigir, planificar, coordinar, supervisar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con la gestión de la Gerencia e impartir las instrucciones para la ejecución de las funciones correspondientes;
· Formular los requerimientos especiales que se hagan ante la Gerencia General de Informática para obtener la información relacionada con la situación fiscal de los contribuyentes a nivel nacional;
· Velar por la debida recaudación de los tributos de su competencia;
· Coordinar, dirigir y evaluar las actividades de cobro mediante el pago voluntario o coactivo de los tributos y accesorios de su competencia en el nivel operativo;
· Supervisar y controlar los convenios celebrados con otros organismos, para la recaudación de los tributos;
· Coordinar, procesar y controlar la información y datos referentes a lo recaudado por todos los tributos, bajo el control del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria-SENIAT;
· Coordinar, supervisar y controlar la obtención y el manejo de la “Cuenta por Contribuyente” y la elaboración de información sobre Derechos Pendientes;
· Coordinar, asistir y controlar en el nivel operativo, la inscripción del Registro de Información Fiscal de los contribuyentes;
· Orientar y velar por la ejecución de las labores de digitación, procesamiento y control de la información tributaria;
· Decidir y comunicar las sanciones impuestas a las entidades autorizadas para el recaudo de los impuestos y tasas de competencia del SENIAT;
· Controlar, supervisar y aprobar los mecanismos de control relacionados con los impuestos de Tabacos, Cigarrillos, Fósforos, Licores, Alcoholes y Especies Alcohólicas;
· Controlar, supervisar y ejecutar los métodos y procedimientos relacionados con la transcripción de las declaraciones y planillas presentados por los sujetos pasivos con respecto de sus obligaciones tributarias;
· Asistir al nivel operativo en el cumplimiento de sus funciones, normas y demás disposiciones referentes a las materias de competencia de esta Gerencia;
· Firmar los actos y documentos relativos a las funciones de su competencia;
· Elaborar, ejecutar, supervisar y controlar el plan operativo de su área, de acuerdo a los lineamientos y procedimientos establecidos por la Oficina de Planificación;
· Establecer las necesidades específicas de la capacitación de los funcionarios bajo su dirección en coordinación con la Oficina Centro de Estudios Fiscales;
· Elaborar su manual de funciones y procedimientos, de acuerdo a los lineamientos e instrucciones establecidos por la Gerencia de Organización.


DIVISIONES DE LA GERENCIA DE RECAUDACIÓN


1.- DIVISIÓN DE REGISTRO Y CUENTAS CORRIENTES: Art. 26 de la Resolución Nº 32

· Centralizar la información sobre la recaudación de ingresos tributarios, bajo la competencia del SENIAT en todo el Territorio Nacional;
· Coordinar y elaborar los procedimientos para el registro y administración de la Cuenta Corriente por Contribuyente, y las relaciones de Derechos, que deberá llevar el nivel operativo y supervisar su ejecución;
· Mantener clasificada, actualizada y depurada en la cuenta corriente de los contribuyentes, responsables y agentes de retención como también determinar los ajustes necesarios para su actualización y depuración;
· Presentar oportunamente y en forma periódica, los respectivos informes de recaudación y contabilización de los tributos administrados por el SENIAT;
· Coordinar e impartir instrucciones para el cumplimiento de las normas de contabilidad fiscal expedidas por la Contraloría General de República;
· Elaborar conjuntamente con la Gerencia de Organización, los programas manuales e instructivos, que en materia contable deban desarrollar las Divisiones de Recaudación del nivel operativo;
· Participar con la Gerencia Financiera-Administrativa y la Gerencia General de Informática en el corte contable;
· Dirigir y evaluar la ejecución por parte del nivel operativo de la implementación del Registro de Información Fiscal – RIF;
· Realizar la inscripción de los contribuyentes en el Registro de Información Fiscal – RIF;
· Asistir al nivel operativo en el cumplimiento de sus funciones, normas y demás disposiciones referentes a las materias de competencia de esta División;
· Firmar los actos y documentos relativos a las funciones de su competencia;
· Elaborar, ejecutar, supervisar y controlar el plan operativo de su área, de acuerdo a los lineamientos y procedimientos establecidos por la Oficina de Planificación;Elaborar su manual de funciones y procedimientos, de acuerdo a los lineamientos e instrucciones establecidos por la Gerencia de Organización.

2.- DIVISIÓN DE CONTROL BANCARIO: Art. 27 de la Resolución Nº 32

·
Supervisar y controlar el cumplimiento de las obligaciones que tienen las entidades autorizadas para efectuar la recaudación, pudiendo orientarlas para optimizar su actividad, y evaluarlas periódicamente;
· Supervisar y controlar los convenios celebrados con las entidades encargadas de percibir los tributos;
· Determinar los procedimientos para el control bancario;
· Coordinar el suministro de información sobre la recaudación efectuada por las entidades autorizadas;
· Clasificar, actualizar y depurar la cuenta corriente de las entidades autorizadas para la recaudación;
· Proponer la aplicación de las sanciones necesarias, en caso de incumplimiento de los convenios establecidos;
· Asistir al nivel operativo en el cumplimiento de sus funciones, normas y demás disposiciones referentes a las materias de competencia de esta División;
· Firmar los actos y documentos relativos a las funciones de su competencia;
· Elaborar, ejecutar, supervisar y controlar el plan operativo de su área, de acuerdo a los lineamientos y procedimientos establecidos por la Oficina de Planificación;
· Elaborar su manual de funciones y procedimientos, de acuerdo a los lineamientos e instrucciones establecidos por la Gerencia de Organización.

3.- DIVISIÓN DE COBRANZAS Y DEVOLUCIONES: Art. 28 de la Resolución Nº 32

· Diseñar y establecer un eficiente sistema de cobranzas para la recaudación de los tributos nacionales, bajo la competencia del SENIAT, y la devolución de estos tributos cuando ello procediere;
· Determinar los procedimientos más apropiados para el cobro y las devoluciones de los tributos bajo la competencia del SENIAT;
· Ejecutar las políticas de prórrogas, plazos y fraccionamiento para el pago de las deudas al Fisco Nacional;
· Mantener actualizados los créditos que a favor del Fisco Nacional deba recaudar el nivel operativo;
· Verificar, supervisar y evaluar en forma permanente la eficiencia de los sistemas establecidos para la percepción y devolución de ingresos;
· Elaborar conjuntamente con la Gerencia de Organización, los programas, manuales e instructivos, que en materia de cobranzas y devoluciones deba cumplir el nivel operativo;
· Coordinar con la Gerencia Jurídica Tributaria y la División de Registro y Cuentas Corrientes, el suministro de la información sobre los créditos a favor del Fisco Nacional, para supervisar la gestión del nivel operativo;
· Asistir al nivel operativo en todo lo referente al cobro y devolución de tributos competencia del SENIAT;
· Controlar, supervisar y aprobar los mecanismos de control relacionados con los impuestos de Tabacos, Cigarrillos; Fósforos, Licores, Alcoholes y Especies Alcohólicas;
· Controlar, supervisar y ejecutar los métodos y procedimientos relacionados con la transcripción de las declaraciones, planillas y demás documentos presentados por los sujetos pasivos con respecto de sus obligaciones tributarias;
· Asistir al nivel operativo en el cumplimiento de sus funciones, normas y demás disposiciones referentes a las materias de competencia de esta División;
· Firmar los actos y documentos relativos a las funciones de su competencia;
· Elaborar, ejecutar, supervisar y controlar el plan operativo de su área, de acuerdo a los lineamientos y procedimientos establecidos por la Oficina de Planificación;Elaborar su manual de funciones y procedimientos, de acuerdo a los lineamientos e instrucciones establecidos por la Gerencia de Organización.

5.- DIVISIÓN DE CONTROL DE OPERACIONES: Art. 29 de la Resolución Nº 32

· Diseñar y ejecutar los mecanismos de control sobre la recaudación de los tributos, bajo la competencia del SENIAT, en todo el Territorio Nacional;
· Controlar que el suministro de información sea de carácter confidencial;
· Controlar la ejecución de los procedimientos de Registro y Cuentas Corrientes en el nivel operativo;
· Controlar a las Divisiones encargadas de la Recaudación en el nivel operativo en la aplicación de los mecanismos de pago para las devoluciones;
· Controlar la implementación del Registro de Información Fiscal - RIF, en el nivel operativo;
· Asistir al nivel operativo en el cumplimiento de sus funciones, normas y demás disposiciones referentes a las materias de competencia de esta División;
· Firmar los actos y documentos relativos a las funciones de su competencia;
· Elaborar, ejecutar, supervisar y controlar el plan operativo de su área, de acuerdo a los lineamientos y procedimientos establecidos por la Oficina de Planificación;Elaborar su manual de funciones y procedimientos, de acuerdo a los lineamientos e instrucciones establecidos por la Gerencia de Organización.


GERENCIAS REGIONALES DE TRIBUTOS INTERNOS

Art. 80 de la Resolución Nº 32:


· Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital, integrada por el Área Metropolitana de Caracas, Distrito Federal y Estado Miranda, cuya sede será la ciudad de Caracas.

· Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central, integrada por el Estado Carabobo y Estado Aragua; cuya sede será la ciudad de Valencia.

· Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Los Llanos, integrada por el Estado Guárico, Estado Cojedes y Estado Apure; y el Distrito Arismendi del Estado Barinas y Urdaneta del Estado Aragua, cuya sede será la ciudad de Calabozo.

· Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Centro Occidental, integrada por el Estado Lara, Estado Portuguesa, Estado Falcón y Estado Yaracuy; cuya sede será la ciudad de Barquisimeto.

· Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Zuliana, integrada por el Estado Zulia; cuya sede será la ciudad de Maracaibo.

· Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Los Andes, integrada por el Estado Táchira, Estado Mérida, Estado Trujillo y Estado Barinas; y el Distrito Páez del Estado Apure; cuya sede será la ciudad de San Cristóbal.

· Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Nor-Oriental, integrada por el Estado Anzoátegui, Estado Monagas y Estado Sucre; cuya sede será la ciudad de Barcelona.

· Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Insular, integrada por el Estado Nueva Esparta y las Dependencias Federales; cuya sede será la ciudad de Porlamar.

· Gerencia Regional de Tributos Internos de al Región Guayana, integrada por el Estado Bolívar, Estado Amazonas y Territorio Federal Delta Amacuro, cuya sede será Ciudad Bolívar.
GERENCIAS DE ADUANAS PRINCIPALES Y
LAS ADUANAS SUBALTERNAS
Art. 82 de la Resolución Nº 32:

· Gerencia de Aduana Principal de la Guaira; Gerencia de Aduana Principal Aérea de Maiquetía; Gerencia de Aduana Principal Postal de Caracas; Región Capital.

· Gerencia de Aduana Principal de Puerto Cabello; Región Central.

· Gerencia de Aduana Principal los Llanos Centrales; Región Los Llanos.

· Gerencia de Aduana Principal Centro Occidental; Gerencia de Aduana Principal Las Piedras. a. Paraguaná; Región Centro-Occidental.

· Gerencia de Aduana Principal de Maracaibo; Región Zuliana.

· Gerencia de Aduana Principal San Antonio del Táchira; Región Los Andes.

· Gerencia de Aduana Principal de Carúpano; Gerencia de Aduana Principal de Guanta – Puerto La Cruz; Gerencia de Aduana Principal de Puerto Sucre; Gerencia de Aduana Principal de Güiria; Región Nor-Oriental.

· Gerencia de Aduana Principal de El Guamache; Región Insular.

· Gerencia de Aduana Principal de Ciudad Guayana y la

· Gerencia de Aduana Principal Puerto Ayacucho; Región Guayana.











2 comentarios:

  1. me gustaria saber mas de usted tambien me gustaria compartir conocimiento en materia tributaria

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  2. Gracias por la información suministrada, de utilidad

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