viernes, 2 de octubre de 2009

LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA NACIONAL

E L S E N I A T:


En concordancia con la Ley del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, publicada en la Gaceta Oficial Nº. 37.320 de fecha 8 de noviembre de 2001, el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) es un servicio autónomo sin personalidad jurídica, con autonomía funcional, técnica y financiera, adscrito al Ministerio de Finanzas. Constituye un órgano de ejecución de la administración tributaria nacional, al cual le corresponde la aplicación de la legislación aduanera y tributaria nacional, así como, el ejercicio, gestión y desarrollo de las competencias relativas a la ejecución integrada de las políticas aduanera y tributarias fijadas por el Ejecutivo Nacional.


ANTECEDENTES DE LA CREACIÓN

La creación de Aduanas de Venezuela Servicio Autónomo (AVSA), nace como un organismo sin personalidad jurídica, mediante Decreto Presidencial N° 2.937 de la fecha del 21 de mayo de 1993, publicado en la Gaceta Oficial N° 35.216 de la misma fecha. Sustituye en ese momento la Dirección General Sectorial de Aduanas del Ministerio de Hacienda. En fecha del 23 marzo de 1994, se crea el Servicio Nacional de Administración Tributaria (SENIAT). Creado como servicio autónomo sin personalidad jurídica, según Gaceta Oficial N° 35.247 de la misma fecha.


Esta dependencia sustituye a la Dirección General Sectorial de Rentas del Ministerio de Hacienda. A la fecha del 10 de agosto del año 1994 se fusionan Aduanas de Venezuela Servicio Autónomo (AVSA) y el Servicio Nacional de Administración Tributaria (SENIAT), para dar paso a la creación del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT), según Decreto Presidencial N° 310 de la fecha 10 de agosto de 1994; publicado en la Gaceta Oficial N° 35.525 de fecha 16 de agosto de 1994.

El 1° de julio de 1994, entró en vigencia la Reforma Tributaria instrumentada por el Ejecutivo Nacional con fundamento en la Ley Habilitante de fecha 14 de abril de 1994, publicada en Gaceta Oficial N° 35.442 del 18 de abril de 1994. El proceso de fusión fue concebido como un proyecto de modernización orientado hacia un gran servicio de información con objetivos de incrementar la recaudación, actualizar la estructura tributaria nacional y fomentar la cultura tributaria, para fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones de los contribuyentes.


Este nuevo servicio responde a la fusión y reestructuración que en conformidad con el artículo Nº 226 del Código Orgánico Tributario, se prepone el Ministerio de Hacienda a objeto de cumplir con la administración eficiente de los ingresos tributarios nacionales, no sólo de los tributos internos, sino también de los tributos aduaneros que hasta ese momento estaban siendo administrados por Aduanas de Venezuela Servicio Autónomo (AVSA). Para normar el servicio, es decir establecimiento de la organización, atribuciones y funciones, el Ministerio de Hacienda publica la Resolución N° 32 con fecha 24 de marzo de 1995, que establece el Reglamento Interno del SENIAT; esta Resolución es publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 4.881 de fecha 29 de marzo de 1995.

La Resolución Nº 32, fue reformada parcialmente en el año 2000, según publicación en Gaceta Oficial Nº 36.892, del 12 de febrero de ese mismo año, en el cual se cambió el nombre de la institución a Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), incluyendo la palabra “Aduanera”, y conservando las mismas siglas; se crearon las Intendencias Nacionales de Aduanas y Tributos Internos, estableciendo sus atribuciones, entre otros.

Finalmente en el año 2001, se decretó la Ley del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria; la cual fue publicada en Gaceta Oficial Nº 37.320 de fecha 8 de noviembre de 2001. Con el objeto de regular y desarrollar la organización y funcionamiento de la institución. Estableciéndolo de igual forma, como un servicio autónomo sin personalidad jurídica, con autonomía funcional, técnica y financiera, adscrito al Ministerio de Finanzas.

MISIÓN: Recaudar con niveles óptimos los tributos nacionales, a través de un sistema integral de Administración Tributaria moderno, eficiente, equitativo y confiable, bajo los principios de legalidad y respeto al contribuyente.

VISIÓN: Ser una institución modelo para el proceso de transformación del Estado Venezolano, de sólido prestigio, confianza y credibilidad nacional e internacional, en virtud de su gestión transparente, sus elevados niveles de productividad, la excelencia de sus sistemas y de su información, el profesionalismo y sentido de compromiso de sus recursos humanos, la alta calidad en la atención y respeto a los contribuyentes, y también por su contribución a que Venezuela alcance un desarrollo sustentable con una economía competitiva y solidaria.


OBJETIVOS ESTRATÉGICOS:

· Incremento de la Recaudación Tributaria de origen no petrolero.
· Modernización del Sistema Jurídico Tributario.
· Desarrollo de la Cultura Tributaria.
· Mejora de la Eficiencia y Eficacia Institucional.

OBJETIVOS FUNDAMENTALES
· Fiscalizar.
· Recaudar.
· Administrar.
· Verificar y Determinar, los tributos pagaderos por los contribuyentes en el ejercicio de lo previsto en el Art. 133 C.R.B.V. Como Órgano garante de la gestión tributaria de la nación.


VALORES CORPORATIVOS


· LEALTAD: Asumir el trabajo con fidelidad ante la institución y a los principios que ella representa.

· VOCACIÓN DE SERVICIO: Actitud particular y especial ante lo público, asumir el compromiso de ayuda y apoyo a la organización y al país.

· INTEGRIDAD: Obrar con estima y respeto por uno mismo y los demás, con apego a las normas sociales y morales.

· HONESTIDAD: Integridad de la persona ante la defensa de los intereses institucionales, respeto de los valores del hombre y fortalecimiento de su conducta moral y social ante lo público.

· RESPETO: Consideración y buen trato hacia los demás como imperativos fundamentales en las relaciones de trabajo.

· RESPONSABILIDAD: Asumir el cumplimiento de las actividades inherentes a las distintas funciones de manera eficaz y eficiente, como base para el compromiso cotidiano en el trabajo.

· EXCELENCIA: El trabajo realizado será reconocido por su calidad superior, como expresión de la exigencia institucional y el mérito de los funcionarios.

· SENTIDO DE PERTENENCIA: Identificación plena con la filosofía y misión institucional, y con los valores de nuestra nación, convencidos de que la labor realizada forja a la institución como pilar básico de Venezuela, y refleja afecto de sus miembros hacia ella y el país.


ATRIBUCIONES GENERALES DE LA ADMINISTRACIÒN TRIBUTARIA


· La supervisión, control, fiscalización de los tributos de su competencia;
· La recaudación de los tributos de su competencia;
· La aplicación e interpretación de las leyes tributarias;
· El registro de contribuyentes;
· El otorgamiento de licencias y permisos especiales;
· La Divulgación e información;
· La recopilación de datos económicos y estadísticos.

DEBERES:


Art. 137 del C.O.T. en concordancia con el Art. 4 de la Ley Nº 53. (Ley del SENIAT).


FUNCIONES Y COMPETENCIAS:


Art. 4 LEY DEL SENIAT.


ESTRUCTURA:


Art. 5 de la Ley del SENIAT en concordancia con el Art. 2 de la Res. Nº 32.

· Nivel Directivo
· Nivel Normativo o central
· Nivel Operativo


FUNCIONES DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

NIVEL DIRECTIVO:
· Dirección
· Coordinación
· Supervisión

NIVEL NORMATIVO:
· Planificación
· Organización
· Supervisión

NIVEL OPERATIVO:
· Ejecución
· Control




1 comentario:

  1. Angela:
    Me gustaría saber si los municipios pueden cobrar los impuestos de licores si no han elaborado la ordenanza. Si esta es una materia nacional, como pudiera hacerlo el municipio que tasas aplicaría?

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